Llamadas de luz no pedidas: qué dice el nuevo decreto
El Real Decreto 88/2026 prohíbe llamar a los hogares para venderles luz sin que lo pidan. Qué cambia, qué más trae y qué hacer si te siguen llamando.
Por José Daniel · 3 min de lectura · ·

Seguro que te ha pasado: suena el teléfono, una voz muy amable te dice que «te llama por tu factura de la luz» y a los dos minutos ya estás con una oferta que no has pedido. Pues la norma ha cambiado, y conviene saber hasta dónde.
Qué dice el decreto
El Real Decreto 88/2026, que aprueba el nuevo reglamento general de suministro y comercialización de la electricidad, se publicó en el BOE el 12 de febrero de 2026 y está en vigor desde entonces. Entre sus novedades, prohíbe con carácter general las llamadas a hogares para hacer publicidad o intentar contratar luz si el consumidor no las ha solicitado antes o si no es él quien llama a la compañía.
Eso sí, para muchas de sus disposiciones las comercializadoras disponían de cuatro meses desde su aprobación para adaptarse. Si te siguen llamando, lo que cuenta es lo que dice la norma sobre llamadas no solicitadas; si quieres comprobar qué obligaciones eran inmediatas y cuáles tenían plazo, lo más seguro es consultar el texto en el BOE.
Qué más trae la norma
- Tarifas con precio por hora: las grandes compañías, las que tienen más de 200.000 clientes, estarán obligadas a ofrecer tarifas donde el precio cambia cada hora según el mercado.
- Varias comercializadoras a la vez: se permite contratar con más de una en el mismo punto de suministro, pero solo si hay registro horario del consumo y con una limitación técnica: en cada tramo de un cuarto de hora solo puede haber una. Es un caso poco habitual en una vivienda normal.
- Contratos y reclamaciones: se endurecen la información que tienen que darte y el contenido mínimo del contrato, y se refuerza la protección de los consumidores vulnerables.
Qué significa para ti
Que si te llaman sin que lo hayas pedido, no es una simple molestia: la compañía puede estar incumpliendo la norma. Y como la ley lo prohíbe, ya no hace falta que sepas decir que no con educación.
Qué hacer si te siguen llamando
- No des datos ni digas «sí» a nada, ni siquiera por confirmar la identidad. Un «sí» por teléfono puede acabar en un contrato.
- Pregunta el nombre de la empresa y apunta el número desde el que llaman y la hora.
- Cuelga y, si insisten, reclama: primero al servicio de atención al cliente de la compañía a la que representan y, si no te responden, ante la administración de consumo de tu comunidad.
- Si ya te han cambiado de compañía sin querer, guarda todo lo que tengas y reclama cuanto antes; los plazos son cortos.
Lo que todavía no sé
Cómo se aplicará esto en la práctica, qué sanciones habrá y con qué rapidez, es algo que iremos viendo. Una norma que prohíbe es un buen paso, pero no hace desaparecer las llamadas de un día para otro.
La forma sana de empezar a hablar de tu factura es que seas tú quien pregunte. Si algún día quieres hacerlo, aquí estoy.
Para saber más
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